
La Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible establece la obligatoriedad de que la hoja de ruta pase a gestionarse en formato electrónico a partir del 5 de octubre de 2026. Las condiciones se han regulado mediante Resolución de 5 de junio de 2026 de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril.
Esta obligación afecta a los servicios para los que actualmente ya es exigible la hoja de ruta: los servicios discrecionales y turísticos de transporte de viajeros, los servicios regulares de uso general cuando se presten mediante refuerzos o con vehículos no adscritos y los servicios regulares de uso especial cuando se utilicen vehículos distintos de los previstos en la autorización.
Con el objetivo de facilitar la adaptación de las empresas a esta nueva obligación, CONFEBUS, en colaboración con la empresa Proconn, ha desarrollado RutaBUS, una solución específicamente diseñada para el sector del autobús que permite generar y gestionar la hoja electrónica de ruta de forma sencilla, segura y plenamente adaptada a los requisitos establecidos por la Administración.
En virtud del acuerdo alcanzado entre CONFEBUS y Proconn, las empresas asociadas a CONFEBUS o a una organización integrada en CONFEBUS podrán acceder a RutaBUS en condiciones preferentes.
No existe cuota de alta ni costes derivados de las hojas de ruta utilizadas para demostraciones, formación o pruebas, ni de aquellas anuladas antes del inicio del servicio o generadas por incidencias técnicas.
La plataforma ya se encuentra operativa, por lo que las empresas interesadas pueden desde este momento solicitar una demostración personalizada, conocer las funcionalidades de la herramienta y contratar el servicio a través de su pagina web o mediante email:
| Enlace externo |
https://rutabus.es |
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