El Pleno del Congreso convalidó el pasado martes, por 179 votos a favor, 32 en contra y 137 abstenciones, el Real Decreto-ley 17/2025, de 23 de diciembre, de medidas de promoción del uso del transporte público mediante la bonificación de abonos y títulos multiviaje, que contiene ayudas para viajeros del transporte público. Además, se ha acordado por 316 votos a favor y 3 en contra, su tramitación como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia.
La norma establece un sistema de ayudas al transporte público, un “elemento estructurador del territorio, un motor económico y un instrumento clave en la lucha contra el cambio climático”. El objetivo, de acuerdo con la exposición de motivos, es facilitar el acceso de jóvenes y niños y recuperar el número de viajeros tras la disminución de la demanda que provocó la crisis sanitaria de la COVID-19 y el aumento de los precios por la inflación.
Con carácter general, se prorrogan las ayudas al transporte público por carretera y tren y al transporte urbano e interurbano aprobadas para el segundo semestre de 2025, se crea un abono nominativo de tarifa única y se establece la gratuidad de los abonos de transporte y títulos multiviaje del transporte público colectivo por carretera en las Islas Canarias y las Islas Baleares.
Descuentos en abonos de tren, transporte urbano y por carretera
El primer capítulo regula las ayudas para los servicios públicos por carretera de competencia estatal. Entre las medidas se incluyen descuentos del 40% en abonos de 10 viajes o un abono mensual nominativo para un mismo origen y destino a mitad de precio.
También se contempla la creación de un abono nominativo de tarifa única en todo el territorio, para el transporte de carretera y otros servicios entre los que se contempla los trenes de media distancia y los de Cercanías y Rodalies.
En el capítulo segundo, dedicado al transporte ferroviario, se establece la creación de un abono de 10 viajes por zonas y un abono mensual nominativo de tarifa única de 20 euros.
El capítulo tercero prorroga las ayudas al transporte urbano e interurbano —competencia de las comunidades autónomas y entidades locales—, con unos descuentos del 50% en la tarifa de los títulos joven y del 20% del importe de la tarifa en abonos y títulos multiviaje. Se incluye la posibilidad de que estos servicios de transporte se adhieran igualmente al abono de tarifa única.
Asimismo, el capítulo IV recoge un descuento del cien por cien en los abonos de transporte y títulos multiviaje del transporte público colectivo terrestre de las islas Canarias y las Islas Baleares y el capítulo V, sendos títulos multiviaje para los Cercanías de Asturias y Cantabria, ambos de gratuidad para usuarios recurrentes.
A todas estas medidas, se le suman distintos descuentos adicionales para jóvenes y niños nacidos a partir del 1 de enero de 2000.
Tramitación parlamentaria
Este real decreto-ley, publicado el 24 de diciembre en el Boletín Oficial del Estado, entró en vigor al día siguiente de su publicación. De acuerdo con el artículo 86.2 de la Constitución, estas normas de extraordinaria y urgente necesidad deben ser convalidadas o derogadas por la Cámara Baja en los treinta días siguientes a su aprobación. Si se convalida, el texto sigue en vigor, y si se rechaza deja de tener efectos jurídicos. Además, una vez convalidado, el Pleno puede decidir su tramitación como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia.