Queremos recordar que la LOPIVI (Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia, Ley Orgánica 8/2021) es obligatoria para las empresas de transporte de menores de edad, por las siguientes razones clave:
1. Ámbito de aplicación directo
La LOPIVI se aplica a todas las entidades públicas o privadas que desarrollen actividades con menores de edad, lo que incluye empresas de transporte escolar o transporte regular de menores.
2. Obligación legal de prevención
La ley impone la obligación de adoptar medidas preventivas para proteger a los menores frente a cualquier tipo de violencia. Esto incluye la elaboración de protocolos internos, formación del personal, y designación de una persona responsable de protección.
3. Contactos regulares con menores
Las empresas de transporte de escolares o actividades infantiles tienen contacto habitual y directo con menores, por lo tanto, están sujetas a las exigencias de la LOPIVI.
4. Exigencia de personal con certificado negativo de delitos sexuales
Todos los trabajadores que tengan contacto habitual con menores (conductores, monitores, acompañantes) deben contar con el Certificado negativo del Registro de Delincuentes Sexuales.
5. Riesgo de sanciones y pérdida de contratos
No cumplir con la LOPIVI puede suponer sanciones administrativas o la pérdida de autorizaciones o contratos con la administración, especialmente en servicios públicos como el transporte escolar.
6. Reputación y responsabilidad empresarial
Además del cumplimiento legal, implementar la LOPIVI mejora la imagen de responsabilidad social de la empresa y reduce los riesgos legales y reputacionales en caso de incidentes.
¿Qué debe hacer una empresa de transporte?
• Adoptar un protocolo de protección de la infancia.
• Designar un/a responsable de protección.
• Formar al personal en detección y actuación frente a situaciones de violencia.
• Exigir certificados negativos de delitos sexuales a los trabajadores con menores.
• Establecer mecanismos de canal de denuncias y actuación inmediata.
Para ayudarte en este proceso, te recordamos que CONFEBUS mantiene un acuerdo de colaboración con GRUPO LAE EMPRESAS, consultora especializada en cumplimiento normativo, que pone a disposición de las empresas asociadas a la Confederación su conocimiento experto para la implantación de las medidas obligatorias y protocolos que impone esta ley (LOPIVI), así como de los planes de igualdad y otras normativas de obligado cumplimiento.
Si deseas más información o necesitas asesoramiento, puedes contactar con GRUPO LAE EMPRESAS a través de los siguientes canales: T. 673 47 44 54 | M. roberto.moreton@grupolae.net