• Acuerdan solicitar los coeficientes reductores para la jubilación anticipada de los conductores de autobús con el nuevo reglamento que entrará en vigor en 2025.
• No ha sido posible llegar a un acuerdo con CCOO que permita desconvocar la huelga.
Este fin de semana, la organización sindical UGT y CONFEBUS han acordado dejar sin efecto la convocatoria de huelga en el sector del transporte de viajeros por carretera prevista para los días 28 y 29 de noviembre, 5 y 9 de diciembre y 23 de diciembre en adelante. El acuerdo consiste en solicitar, de forma conjunta, una vez entre en vigor el nuevo Real Decreto sobre establecimiento de coeficientes reductores para anticipar la edad de jubilación, el inicio del procedimiento para el establecimiento de coeficientes reductores para la anticipación de la edad de jubilación del personal que desarrolla tareas de conductor de autobús.
El acuerdo persigue mantener el adecuado equilibrio económico financiero de los contratos públicos, preservar el empleo y la viabilidad de la actividad empresarial. Por ello, el acuerdo implica la constitución de una mesa que establezca los mecanismos para compensar los desajustes financieros que se pudieran producir en los contratos públicos de ámbito local, autonómico y estatal que pudieran generarse en las empresas por la aprobación y aplicación del incremento en la cotización de la Seguridad Social y el establecimiento de los coeficientes reductores.
Asimismo, el Sindicato Libre de Transporte (SLT) y las organizaciones empresariales ANETRA y CONFEBUS han firmado un acuerdo por el cual se desconvoca la huelga en todo el sector del transporte de viajeros por carretera prevista para los días 28 y 29 de noviembre, 5 y 9 de diciembre y 23 de diciembre en adelante. De este modo, se ha acordado solicitar, de forma conjunta, en el plazo de 15 día hábiles desde la entrada en vigor del nuevo Real Decreto sobre establecimiento de coeficientes reductores para anticipar la edad de jubilación, el inicio del procedimiento para el establecimiento de coeficientes reductores para la anticipación de la edad de jubilación del personal que desarrolla tareas de conductor de autobús.
A pesar de los esfuerzos de ambas organizaciones, no ha sido posible conseguir que CCOO adoptase este mismo acuerdo.