El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró en Sentencia del 30 de mayo de 2024 que el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos pagado desde 2013 a 2018 vulneró el Derecho comunitario. Es posible, por tanto, solicitar su devolución, con los correspondientes intereses.
¿Quién puede reclamar su devolución?
Pueden solicitar la devolución los siguientes consumidores de gasoil y de gasolina durante los años 2013 a 2018:
• Todos los turismos.
• Todos los vehículos destinados al transporte de viajeros con menos de 8 plazas además del destinado al conductor.
• Los vehículos destinados al transporte de viajeros con más de 8 plazas, además del destinado al conductor, que no hubiesen recibido ya (o la hubiesen recibido parcialmente) la devolución del tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos de su Comunidad Autónoma.
• Todos los consumos por vehículo que excedieron los 50.000 litros al año.
En este sentido, CONFEBUS ha firmado un acuerdo de colaboración con CCS Abogados para que este despacho se responsabilice del proceso judicial de la reclamación a los asociados que así lo deseen, cobrando a éxito sus honorarios fijados en un 30% sobre el total de las cantidades reintegradas, esto es, solo cobrará su porcentaje de honorarios cuando cada reclamante haya recibido la devolución con los intereses.
Los honorarios incluyen los siguientes servicios de CCS:
• Asesoramiento y asistencia jurídica relativos a la formación de la prueba de los consumos de gasoil durante los años 2013 a 2018, de la prueba relativa a los importes del tramo autonómico devueltos por cada Comunidad Autónoma cada año, a la resolución de dudas relativas a la legitimación para demandar, al otorgamiento de poderes para pleitos en favor de CCS Abogados, así como, de todas cuantas dudas pudiera suscitar el exitoso ejercicio del derecho de reclamación.
• Promoción de los procedimientos administrativos previos a la reclamación judicial, incluyendo la preparación de todos los escritos que sean necesarios para la correcta defensa de los intereses del cliente, así como la interposición de un eventual recurso de reposición, hasta el agotamiento de esta llamada vía administrativa previa.
• Defensa letrada en todas las instancias jurisdiccionales posibles hasta la obtención de una sentencia firme, incluyendo la preparación del escrito de demanda, de conclusiones o cualesquiera otros que resulten pertinentes para la correcta defensa del cliente.
• Ejecución de la Sentencia en favor del cliente.
Para más información y suscripción a este acuerdo, contacta con CONFEBUS.