El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró en Sentencia del 30 de mayo de 2024 que el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos pagado desde 2013 a 2018 vulneró el Derecho comunitario. Es posible, por tanto, solicitar su devolución, con los correspondientes intereses.
¿Quién puede reclamar su devolución?
Pueden solicitar la devolución los siguientes consumidores de gasoil y de gasolina durante los años 2013 a 2018:
En este sentido, CONFEBUS ha firmado un acuerdo de colaboración con CCS Abogados para que este despacho se responsabilice del proceso judicial de la reclamación a los asociados que así lo deseen, cobrando a éxito sus honorarios fijados en un 30% sobre el total de las cantidades reintegradas, esto es, solo cobrará su porcentaje de honorarios cuando cada reclamante haya recibido la devolución con los intereses.
Los honorarios incluyen los siguientes servicios de CCS:
Procedimiento de reclamación
Desde el 22 de julio los asociados de CONFEBUS ya pueden darse de alta en el siguiente enlace Web: Alta de Expediente
Es importante que, además de incluir tus datos y firmar la hoja de encargo a través del medio habilitado (Docuten), incluyas la identificación del CÓDIGO O ACRÓNIMO de CONFEBUS o de la ASOCIACIÓN TERRITORIAL de CONFEBUS a la que pertenezcas.
Tras el alta del expediente en cuestión, se te informará por correo electrónico de la documentación que tendrás que recopilar y, a partir del 15 de septiembre, se dará acceso a una Plataforma Web para volcar los documentos y datos necesarios para instar la reclamación.
NOTA: Como no hubo tramo autonómico del Impuesto de Hidrocarburos en las Comunidades del País Vasco, La Rioja ni Islas Canarias, obviamente nada se puede reclamar si los repostajes tuvieron lugar en dichas Comunidades.
Contacto
Para cualquier duda o cuestión puedes contactar en el 912 913 777 o en el correo info@ccsabogados.com.