Como continuación de la noticia que publicamos en el anterior
newsletter, CONFEBUS pide en el Parlamento Europeo normas sociales
adecuadas para el transporte en autobús, reunidos la
semana pasada en sesión del Consejo de Empleo, Asuntos Sociales, Salud y
Consumidores de la UE en Luxemburgo, los Estados miembros acordaron su posición
al respecto de la propuesta de modificación de la Directiva de trabajadores
desplazados en los siguientes términos:
· Remuneración de los trabajadores desplazados de acuerdo a la normativa del Estado miembro anfitrión y de sus practicas.
· Desplazamiento a largo de plazo de 12 meses que pueden ampliarse por seis meses más (18 meses en total) si hay una notificación motivada por el proveedor de servicios.
· Aplicación de los convenios colectivos que sean universalmente aplicables entre todos los sectores.
· Mismo tratamiento de trabajadores de agencias temporales y los locales.
· En el caso del transporte, las disposiciones de la Directiva, una vez modificada, se aplicarían cuando entre en vigor la propuesta específica para trabajadores móviles desplazados del transporte internacional por carretera.
· Período de transposición de 3 años más 1 más antes de la aplicación de la Directiva.
· Todas las normas sobre remuneración que se aplican a los trabajadores locales tendrán que aplicarse a los trabajadores desplazados. La remuneración no solo incluirá las tasas mínimas salariales sino también otros elementos como complementos o dietas.
· La Plataforma contra el trabajo no declarado se usará para combatir el fraude y los abusos y para mejorar el intercambio de información y cooperación administrativa entre Estados miembros.
Con esto se abre la vía para negociar entre Consejo, Parlamento y Comisión Europea la aprobación de la Directiva y, por otro lado, se tramitaría la propuesta de Directiva específica para trabajadores desplazados del transporte internacional por carretera, cuyo carácter especial sectorial hace que España, Portugal y los países del Visegrad tengan más posibilidades de negociación.