< Previous 10 CONFEBUS La junta Directiva de CONFEBUS mantuvo su primera reunión del año en la sede de CEOE, analizando los principales retos y oportunidades para el sector de transporte de viajeros por ca- rretera de cara a 2019. El presidente de CONFEBUS, Rafael Barbadillo, comenzó su intervención desvelando que, se- gún se acordó en la en la primera Junta Directi- va liderada por el nuevo presidente de la CEOE, Antonio Garamendi, CONFEBUS continuará li- derando el Consejo del Transporte y la Logís- tica de la CEOE y seguirá formando parte de la Junta Directiva de la cúpula empresarial. Por otro lado, informó sobre la consulta pública abierta sobre el Plan MOVEA 2019, cuyo plazo se cierra mañana, 15 de enero. En contestación al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, la Confederación ha enviado un informe con di- versas observaciones, en el que solicita que se eviten los planes basados en cuotas por tecno- logía, ya que se han venido volcando las ayudas en planes favorables a la movilidad eléctrica en detrimento del resto de combustibles alternati- vos. Destacando como a día de hoy la movilidad eléctrica no es una tecnología disponible para el transporte profesional por carretera y debe poder subvencionarse la adquisición de vehí- culos de energías alternativas que actualmente se comercializan para el servicio de transporte público de viajeros. Al respecto, CONFEBUS ha recordado como el autobús, al ser un transporte colectivo y el modo de transporte menos conta- minante, es un actor clave para conseguir una movilidad más sostenible contribuyendo a la disminución del CO 2 y de las partículas NOx que se emiten a la atmósfera y por tanto a la reduc- ción de la contaminación, así como a la mejora de la congestión que provoca el tráfico en las ciudades y carreteras, ya que cada autobús sus- tituye de media entre 14-30 vehículos privados. Además, la Confederación ha solicitado que el Plan MOVEA 2019 respalde de forma sostenible al vehículo industrial, ya que se compran mu- chos más turismos que autobuses, por lo que debería determinarse bien la cantidad que se destina a subvencionar cada tipo de vehículo o si no la adquisición de vehículos particulares se llevará la mayor parte del presupuesto destinado a la subvención. Además, se refirió la reciente publicación del Real Decreto-ley de transporte ferroviario y viajes combinados y servicios de viaje vincu- lados. Por un lado, esta norma amplía el ámbito de aplicación de la normativa actual más allá de los consumidores para proteger a los viajeros, incluyendo a quienes viajen por motivos profe- sionales y también se extiende la aplicación de la norma a viajeros que contraten tanto viajes combinados como una nueva figura llamada “servicios de viajes vinculados”. Por otro lado, el Real Decreto-ley también transpone el llama- do “cuarto paquete ferroviario” de la Unión Eu- ropea, permitiendo que cualquier empresa que disponga de la licencia de empresa ferroviaria y del certificado de seguridad que otorga la Agen- cia Estatal de Seguridad Ferroviaria y haya soli- citado el uso de la infraestructura ferroviaria al administrador de infraestructuras, pueda prestar servicios de transporte de viajeros por ferrocarril de larga distancia y alta velocidad en competen- cia con Renfe a partir del mes de diciembre de 2020. Primera reunión del año de la Junta Directiva de la Confederación El próximo 27 de marzo se celebrará en Madrid el primer “CONFEBUS Summit”11 CONFEBUS Por otro lado, se informó sobre las principales novedades en materia social, laboral y de empelo, introducidas por el Real Decreto-Ley 28//2018, publicado a finales de diciembre en el BOE, sobre el que la Confederación ha elabora- do un informe para sus asociados. Respecto a los asuntos del Ministerio de Fo- mento, se recordó que la Dirección General de Transporte Terrestre esta rehaciendo el pliego de licitaciones de los concursos, tras la resolución del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC) que provocó que Fo- mento publicase una resolución desestimando estos procedimientos abiertos de contratación, y que es previsible que en breve se inicie de nue- vo el proceso de renovación concursal. Asimismo, se explicaron las principales nove- dades que introduce la Resolución de 3 de di- ciembre de 2018, de la Dirección General de Transporte Terrestre, por la que se establece el calendario de visados de las autorizaciones de transporte y de actividades auxiliares y comple- mentarias del transporte, y se recordó también que sigue pendiente de publicación la modifica- ción del ROTT, estando prevista para antes de que finalice este mes de enero. Se analizó entonces el Real Decreto 1514/2018, de 28 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación , cuya principal novedad es la modificación de los lími- tes de velocidad en las carreteras convenciona- les. En este sentido se hizo hincapié en el caso de los autobuses, cuya limitación genérica de velocidad se mantendrá en 90 Km/h debido a la baja siniestralidad continuada de este tipo de vehículos, que en el caso de España tiene un ratio de fallecidos/tipo de vehículo (autobús) un 40% menor con respecto al ratio total de la UE. No obstante, aquellos autobuses que trans- porten viajeros de pie de forma autorizada o que no estén dotados de cinturón de seguri- dad no podrán circular a más de 80 km/h en esas vías. Igualmente, los vehículos que reali- cen transporte escolar y de menores reducirán en 10 km/h la velocidad máxima fijada por la norma en función del tipo de la vía por la que circulen. Igualmente, se comentó el Real Decreto por el que se modifica el Reglamento General de Conductores, que está previsto que reduzca la edad mínima para ser conductor de autobús de 24 a 18 años, bajo ciertas condiciones. Esta medida colmaría una de las reivindicaciones del sector a la hora de darle instrumentos a las em- presas que permitan paliar un problema general de escasez de conductores profesionales en el sector del transporte en autobús. En cuanto a las novedades autonómicas , entre otros temas, se hizo referencia tanto a la nueva Ley autonómica de Transporte y Movilidad de Asturias como a la Ley de Transporte por Ca- rretera de Castilla y León, recientemente publi- cadas. Y respecto a los temas de la Unión Eu- ropea, se analizó un cuadro resumen sobre la tramitación de las iniciativas más relevantes de los tres Paquetes de Movilidad de la Comisión Europea. Se presentó el Calendario de Reuniones para 2019 , destacando como principales acciones: la celebración de un gran congreso empresa- rial del transporte bajo el nombre de “CONFE- BUS SUMMIT 2019” (Madrid, 27 de marzo); la Asamblea General de CONFEBUS (Madrid, 23 de mayo); la puesta en marcha de la 9ª edición del Máster en Dirección y Gestión de Empresas de Transporte de Viajeros por Carretera (Inicio: 22 de febrero); así como el 5º Curso de la Uni- versidad de Verano de CONFEBUS (Santander, 12 y 13 de septiembre). Finalmente, se dieron a conocer los resultados del segundo informe de temporada del Obser- vatorio Nacional del Turismo Emisor, Observa- TUR , que fue presentado el pasado 21 de di- ciembre, en el que se puso de manifiesto como la personalización, la oferta complementaria y la plena digitalización serán tendencias con mayor impacto en la industria turística en 2019. █ 12 CONFEBUS La ministra de Hacienda, María Jesús Monte- ro, explicó a CEOE el proyecto de Ley de Pre- supuestos Generales del Estado para 2019. El presidente de la Confederación, Antonio Gara- mendi, le recibió en la sede de la organización acompañado por los presidentes de algunos de los Consejos y Comisiones de la Confederación, entre ellos el presidente del Consejo del Trans- porte y la Logística, Rafael Barbadillo. En su intervención, el también presidente de CONFEBUS, trasladó a la Ministra las principa- les preocupaciones y peticiones del sector del transporte en materia presupuestaria, como la necesidad de que no se incremente la presión fiscal en materia de hidrocarburos al trans- porte profesional, con independencia del tama- ño del vehículo, y se fomente el uso de flotas sostenibles. Rafael Barbadillo también solicitó que se au- mente la partida destinada a la financiación del transporte público , ya que se mantiene en las mismas cuantías que en años anteriores, siendo insuficientes para un servicio clave de in- terés general, lo que también pone de manifies- to la necesidad de que se promulgue una Ley de Financiación del Transporte Público, para Se trasladan a la ministra de Hacienda las prioridades en materia de transporte La Ministra explicó a CEOE el proyecto de Presupuestos para 201913 CONFEBUS servicios urbanos, metropolitanos, de cercanías y rurales. Por otro lado, destacó la falta de dotación presu- puestaria para la construcción de infraestruc- turas destinadas al transporte en autobús para la mejorar la calidad del servicio público, como son las plataformas reservadas o carriles Bus VAO, así como la renovación de las estacio- nes de autobuses. Para potenciar la protección del medio ambien- te, debería rehabilitarse en el impuesto de so- ciedades la deducción para inversiones en vehículos eficientes, una deducción del 12% que fue suprimida en 2011. Además, debería po- nerse en marcha una deducción para aquellas empresas que fomenten el uso de los trans- porte público de los trabajadores, mediante el abono de la tarjeta de transporte público o por la contratación de servicios de transporte regular de uso especial (transporte de trabajadores). Asimismo, sería necesario que se habilitasen también deducciones en el IRPF para aque- llas personas que adquieran el abono de transporte, como forma de promocionar una movilidad sostenible y socialmente rentable. También solicitó que se incluya al transporte pú- blico de viajeros por carretera entre los servicios y bienes de primera necesidad que pueden aco- gerse a un IVA superreducido , al ser un actor clave para conseguir una movilidad más soste- nible contribuyendo a la disminución del CO 2 y de las partículas NOx que se emiten a la atmós- fera y por tanto a la reducción de la contamina- ción, así como a la mejora de la congestión que provoca el tráfico en las ciudades y carreteras. Finalmente, el presidente del Consejo del Trans- porte y la Logística de CEOE trasladó a Montero el corsé que supone la nueva Ley de Desind- exación en toda la contratación pública, espe- cialmente con medidas como el nuevo SMI (sa- lario mínimo interprofesional). █ CONFEBUS crece como Confederación alcanzando los 2.500 asociados Desde su nacimiento, la Confederación ha abordado y defendido los intereses del auto- bús en temas estratégicos como la defensa de este modo, clave para garantizar una mo- vilidad segura, sostenible y socialmente ren- table. La Confederación Española de Transporte en Autobús (CONFEBUS) continúa creciendo como asociación contando en la actualidad con un to- tal de más de 30 asociaciones federadas y 2.500 empresas de transporte e incorporando en el úl- timo año a asociaciones como las de Castellón y Murcia y a empresas como Grupo Jiménez, Grupo Mat, Grupo Socibus, Hispano Hilarienca (TEISA) o Linecar. Desde que nació la Confederación en 2014, fru- to de la unión de las dos principales organizacio- nes empresariales del sector de transporte de viajeros, ASINTRA y FENEBUS, CONFEBUS se ha alzado como una voz autorizada que repre- senta y defiende los intereses de las empresas de autobús españolas de todas las actividades, con independencia de su tamaño, (transporte regular, urbano, discrecional, escolar, turístico, estaciones de autobuses, etc.). Así, desde sus orígenes, CONFEBUS ha aborda- do temas claves para el sector como son la de- fensa del autobús como modo de transporte es- tratégico para garantizar una movilidad segura, sostenible y socialmente rentable; alianzas para 14 CONFEBUS el impulso del transporte discrecional y turístico, que desempeña un papel fundamental en uno de los sectores prioritarios para la economía es- pañola; impulso y puesta en valor del transporte escolar, que en determinadas localidades es un garante de la movilidad y, prácticamente, el úni- co medio de transporte disponible; creación de carriles bus y plataformas reservadas para me- jorar la calidad del servicio público; desarrollo de un Plan de modernización y rediseño de las es- taciones de autobuses; defensa del modelo es- pañol de autobús; fomento del impulso de flotas sostenibles; impulso de una ley de financiación del transporte colectivo para servicios urbanos, metropolitanos, de cercanías y rurales; así como el impulso de la tolerancia 0 para conductores profesionales o la instalación de alcolocks obli- gatorios en los autobuses, entre otros temas. Un sector clave para la sociedad y economía españolas El transporte en autobús es un sector clave para la economía española, que factura más de 3.000 M€ y que da empleo a más de 80.000 personas de forma directa. Además, transporta anualmen- te 1.750 millones de viajeros que comunican re- gularmente más de 8.000 poblaciones a lo largo de toda la geografía. Este hecho lo convierte en un actor estratégico para la sociedad ya que garantiza la movilidad de millones de personas cada día, siendo en ocasiones el único medio de transporte colectivo. De esta forma, práctica- mente no hay ningún núcleo de población con más de 50 habitantes que no sea atendido al menos por una línea interurbana de autobuses. El autobús es, además, el modo de transporte más seguro por carretera, según un informe de la Dirección General de Tráfico. También es un elemento fundamental para conseguir una mo- vilidad más sostenible, ya que contribuye a la disminución del CO 2 que se emite a la atmós- fera y a la disminución de la congestión y de la contaminación que provoca el tráfico en las ciudades y carreteras puesto que cada autobús puede sustituir entre 14-30 vehículos privados. Con la flota más moderna de Europa, el sector, tal y como señala CONFEBUS, está realizando un importante esfuerzo en los últimos años tra- bajando por el ahorro energético, la limitación de las emisiones de CO 2 o el uso de fuentes de energías limpias, como el gas y las renovables, tanto en los vehículos como en las instalaciones. De hecho, las flotas cuentan ya con autobuses sostenibles como los híbridos, eléctricos o los propulsados por gas. █ 16 Hace unos días se publicó en el BOE la modi- ficación del Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT), culminando así un largo proceso de elaboración y adaptación de la norma, en el que hubiera sido deseable una mayor consideración a las necesidades del sector. Con el nuevo ROTT desaparecen las tarjetas físicas en las que se documentaban las autori- zaciones de transporte, pasando a contenerse en un soporte electrónico, reforzando así el pa- pel del Registro de Empresas y Actividades de Transporte, con objeto de evitar duplicidades de trámites administrativos y reducir la documenta- ción que las empresas de transporte tienen que aportar. Igualmente, el procedimiento de trami- tación de visados pasa a realizarse de oficio por la Administración. La norma también trae consigo la supresión de ciertos documentos de control, como la hoja de ruta física. Otras mejoras relevantes son la implantación de sistemas electrónicos para la obtención de ENTORNO NACIONAL Se publica la modificación del ROTT Se suprime el requisito de la flota mínima para acceder al mercado17 los certificados de competencia profesional y la digitalización de las reclamaciones de los usua- rios de los servicios de transporte por autobús. Ambas tienen por objeto agilizar su tramitación y dar una respuesta más rápida a las demandas de los ciudadanos. Respecto al acceso a la profesión de transpor- tista, para la obtención del título profesional de transportista u operador de transporte, esto es, del título de competencia profesional para el transporte, se exigirá poseer un nivel académico previo, en concreto poseer al menos el título de bachiller o equivalente o bien el título de FP de grado medio. Por otro lado, el texto da cumplimiento a lo de- terminado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su sentencia del pasado año, que obligaba a retirar el requisito de la flota mínima para acceder al mercado, que era de 5 autobu- ses en el caso del transporte de viajeros, permi- tiendo que se pueda acceder ahora con un solo vehículo de transporte. Se refuerzan también otros requisitos con objeto de garantizar la profesionalidad del sector y que afectan a cuestiones como la honorabilidad, la competencia profesional, la capacidad financie- ra o el mantenimiento de los requisitos de anti- güedad de los vehículos, así como la inclusión de infracciones contempladas por la normativa europea en relación a la pérdida de la honora- bilidad del transportista y el establecimiento de criterios sancionadores más proporcionales a los ya existentes. Así, la regulación del requi- sito de pérdida de honorabilidad, implicará la suspensión de la validez de las autorizaciones de transporte durante un plazo de un año, por la comisión de una única infracción muy grave o de tres infracciones graves en determinados supuestos en función de la flota que posea la empresa transportista. En todo caso, la pérdida de dicho requisito exigirá una resolución previa expresa por parte del órgano competente. Finalmente, el nuevo ROTT modifica la estructu- ra organizativa del órgano asesor por excelencia del Ministerio de Fomento, el Comité Nacional de Transporte por Carretera (CNTC), una figura esencial para el diálogo con el sector y que per- mite a la Administración conocer las inquietudes y necesidades existentes en el sector de una forma directa, continua y efectiva. Reforzar el papel estratégico y fundamental del transporte por carretera Para el Gobierno, estas mejoras suponen una evolución en el sector que será clave para re- forzar el papel estratégico y fundamental que el transporte de mercancías y viajeros por carre- tera suponen para el desarrollo económico de nuestro país y la conectividad de los ciudada- nos. Sin embrago, el nuevo ROTT no consigue esta- blecer un marco normativo que permita al sector adaptarse a una realidad muy cambiante, espe- cialmente en lo que se refiere a evolución tec- nológica y la aparición de nuevos competidores que hasta ahora no lo habían sido para el trans- porte en autobús. Las modificaciones introducidas no flexibilizan la gestión de contratos de gestión de transporte público regular y tampoco refuerzan las caracte- rísticas del servicio público frente a nuevas for- mas de movilidad. Asimismo, supone una oportunidad perdida para abordar problemas derivados de la mal denomi- nada economía colaborativa en el transporte, que suponen una grave amenaza a la estabilidad y a la profesionalidad del sector. En este senti- do, CONFEBUS hace un llamamiento al Ministe- rio de Fomento para trabajar conjuntamente en futuras regulaciones que permitan paliar estos problemas, potenciar el uso del autobús como parte estratégica de la movilidad y dotar así a los operadores y usuarios de un marco jurídico orientado a conseguir un crecimiento inteligen- te, sostenible e integrador. En el próximo número de la Revista CONFE- BUS incluiremos un reportaje con un análisis pormenorizado del nuevo ROTT, con todos los cambios más sustanciales para el transporte de viajeros por carretera. █ ENTORNO NACIONAL 18 ENTORNO NACIONAL Se ha publicado en el BOE el Real Decreto 1514/2018 por el que se modifica el Reglamen- to General de Circulación, aprobado por el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, entran- do en vigor el pasado 29 de enero de 2019. La novedad que introduce el citado Real Decreto es la modificación de los límites de velocidad en las carreteras convencionales quedando fijados de la siguiente manera: Así, se ha procedido a reducir la velocidad en las carreteras convencionales y a homogeneizar la velocidad máxima en estas vías, establecién- dola en 90km/h, por ser las carreteras con altas tasas de siniestralidad. 7 de cada 10 accidentes con víctimas tienen lugar en estas vías, en las que cada año fallece un millar de personas. Ade- más, la velocidad inadecuada es la causa con- currente en el 20% de los accidentes de tráfico. Esta modificación supone la desaparición de los diferentes límites de velocidad genéricos esta- blecidos (90 y 100 km/h para tu- rismos y motocicletas, en función de si la vía disponía o no de metro y medio de arcén practicable) re- duciéndolo a una limitación gene- ral de 90 km/h. La modificación de este límite de velocidad afectará a unos 10.000 km de vías. La modificación del artículo tam- bién supone reducir la diferencia de velocidad entre vehículos de transporte de viajeros y mercan- cías respecto de los turismos. Los países de la Unión Europea con menores tasas de fallecidos por millón de habitantes en accidente de tráfico tienen un diferencial de límite de velocidad entre vehícu- los ligeros y pesados, en carre- teras convencionales, que oscila entre el 0 y 10 km/h. Según diferentes estudios, los vehículos que circulan a velo- cidades dispares de la media de la vía, como pueden ser los camiones y autobuses en rela- ción a turismos y motocicletas, son más sus- ceptibles de provocar un accidente, con una Los autobuses mantendrán la velocidad máxima en 90 km/h en carreteras convencionales Debido a su baja siniestralidad continuada19 ENTORNO NACIONAL probabilidad 6 veces mayor que si estos vehícu- los circularan a la media del resto de vehículos. Además, velocidades de circulación más homo- géneas favorecen la fluidez del tráfico. Con este cambio normativo, en el caso de los autobuses, la limitación genérica de veloci- dad será de 90Km/h debido a la baja sinies- tralidad continuada de este tipo de vehículos, que en el caso de España tiene un ratio de falle- cidos/tipo de vehículo (autobús) un 40% menor con respecto al ratio total de la UE. No obstante, aquellos autobuses que transpor- ten viajeros de pie de forma autorizada o que no estén dotados de cinturón de seguridad no podrán circular a más de 80 km/h en esas vías. Igualmente, los vehículos que realicen transporte escolar y de menores reducirán en 10 km/h la velocidad máxima fijada por la norma en función del tipo de la vía por la que circulen. A su vez, los camiones ven uniformizada la velo- cidad a 80 km/h en ese tipo de vías. █Next >